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Pautas de actuación del personal autorizado a llevar armas de fuego a bordo de aeronaves comerciales en vuelos nacionales.

13 de Septiembre de 2024 •SUP

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1. Condiciones previas en el momento de embarcar.
1.1 El personal autorizado, al subir a bordo de la aeronave se presentará ante el Comandante haciéndole saber que lleva un arma.
1.2 El Comandante, en caso de ser más de una las personas autorizadas a portar armas en el mismo vuelo, las presentará entre sí con el fin de evitar incidentes.
1.3 El personal autorizado deberá llevar su arma de forma discreta, y como medida de precaución, se recomienda mantener el arma y la munición separadas durante el periodo del vuelo.
1.4 Si el Comandante decide hacerse cargo del arma se le entregará, acordando ambas partes en el momento de la entrega, la devolución del mismo

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